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Capítulo 2: La Ley del Jubileo - por el Dr. Stephen E Jones

Así como Jesucristo es el Personaje central en toda la historia, la ley del Jubileo es la más fundamental ley de toda la creación. La ley del Jubileo es la base del perdón y de la gracia. Esto constituye el propósito o la finalidad de la ley en sí. Ésta ley determina la culminación de la historia de la tierra y un completo fin al dominio de la oscuridad y del pecado. La ley básica del jubileo relatada en Levíticos 25:8-13, nos expresa:

8 Contarás también siete semanas de años para ti, siete veces siete años, para que tengas el tiempo de siete semanas de años, es decir, cuarenta y nueve años. 9 Entonces tocarás fuertemente el cuerno de carnero el décimo día del séptimo mes; en el día de la expiación tocaréis el cuerno por toda la tierra. 10 Así consagraréis el quincuagésimo año y proclamaréis libertad por toda la tierra para sus habitantes. Será de jubileo para vosotros, y cada uno de vosotros volverá a su posesión, y cada uno de vosotros volverá a su familia. 11 Tendréis el quincuagésimo año como año de jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que nazca espontáneamente, ni vendimiaréis sus viñas sin podar. 12 Porque es jubileo, os será santo. De lo que produzca el campo, comeréis. 13 En este año de jubileo cada uno de vosotros volverá a su propia posesión.

Cuando Israel conquistó la tierra de Canaán, bajo el mando de Josué, este repartió el territorio entre todas las familias en Israel. Esto fue su herencia en la tierra, y nadie (fuera del mismo Dios) podía, legalmente, privarlos de esa su herencia. Sin embargo, si la sequía asolaba los campos, o si ocurriera algún otro tipo de desastres, las familias podían perder sus tierras. Entonces podían ellos venderlas a otra persona, hasta que llegara el año del Jubileo.

El valor de la tierra era establecido de acuerdo con la forma en que en ella se producía la cebada, y un "HOMER" de cebada (más, menos ocho almudes) era el precio fijo de 50 SICLOS (cerca de 13 oz.) de plata, (Levíticos 27:16.) Al vender la tierra, el comprador debía pagar un buen precio razonable de acuerdo con la cantidad de cebada que en ella, normalmente se pudiera producir desde el tiempo presente (o sea, desde el momento de la compraventa), hasta el año del Jubileo. Desde luego, no se podía contar los años Sabáticos, cuando la tierra tenía que "descansar" y no podría producirse ninguna cosecha, porque no podía ser cultivada.

Cuando había sido calculado un precio justo, la venta se efectuaba, y el nuevo dueño empezaba a trabajar la propiedad. Los dueños anteriores, generalmente encontraban empleo en otro estado, a menos que fueran contratados, como empleados, en su propia tierra, con el fin de trabajar para el nuevo dueño. El original heredero de la tierra tenía el derecho de redimir su propiedad, en cualquier tiempo, si tuviese la posibilidad de hacerlo así. Con cada año que pasaba, el precio de la tierra, disminuía, proporcionalmente, porque, como queda dicho, la tierra no era valorada como tal, si no en valor de las cosechas que en ella se producían. Este procedimiento eliminaba cualquier especulación de la tierra (o sea, compra o venta de la tierra, de una forma ilegal o fraudulenta.)

La ley de Dios prohibía que alguien vendiera, en condiciones injustas o maliciosas las tierras heredadas, porque la tierra pertenece a Dios. Toda venta de tierras eran temporal (sólo por un tiempo determinado.) En nuestros días podemos decir que ese tipo de venta, era simplemente un arrendamiento (o alquiler.) En Levíticos 25:23 dice:

23 Además, la tierra no se venderá en forma permanente, pues la tierra es mía; porque vosotros sois sólo forasteros y peregrinos para conmigo. 24 Así que de toda tierra de vuestra posesión otorgaréis a la tierra el derecho de ser redimida. 25 Si uno de tus hermanos llega a ser tan pobre que tiene que vender parte de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano haya vendido. 26 Y en caso de que un hombre no tenga redentor, pero consiga los medios suficientes para su redención, 27 entonces computará los años desde la venta y devolverá el resto al hombre a quien había vendido la tierra, y así volverá a su posesión. 28 Pero si no ha hallado medios suficientes para recobrarla por sí mismo, entonces lo que ha vendido permanecerá en manos del comprador hasta el año de jubileo; pero en el jubileo saldrá de su poder, y el vendedor volverá a su posesión.

Ningún hombre podía perder, en forma permanente, la herencia de su tierra, por deuda. Al tiempo del Jubileo, la propiedad, debía serle regresada, y cualquier deuda pendiente, tenía que ser cancelada o perdonada.

El Derecho Legal de la Redención

En el versículo 25 mencionado arriba, dice además que fue la voluntad de Dios que el pariente más cercano al deudor, era el que podía redimir (o recuperar) lo vendido por su hermano, cuando esto fuera posible. De hecho, la ley, específicamente, establece, en NASV que: "Su más cercano hermano ha de acudir y comprar "de regreso" lo que su pariente había vendido". Estamos convencidos de que esta ley, mencionada, no solamente es un documento de carácter moral, sino que también es profético, porqué esta es la ley que Jesús desempeñó en forma perfecta.

Esta es una profecía de como Jesucristo, nuestro "Pariente-Redentor", vendría a comprar, para tenerlas de regreso, todas las cosas que fueron vendidas cuando Adán pecó. Las escrituras no pueden ser quebrantadas. Si el Redentor o el que redime algo, tiene el poder y la fuerza legal para hacerlo, la ley establece que éste es regido por la voluntad del Padre en el cielo, para que pueda redimir y rescatar lo que su hermano perdió.

Nosotros somos sus hermanos. Consecuentemente, la ley demanda y estipula que Jesucristo redima todo lo que se perdió en Adán. La única pregunta substancial en este caso, es, si en realidad Jesucristo ha hecho esto o no. Yo creo que sí, lo hizo, puesto que su sangre nunca ha perdido su poder, ni tampoco Jesús falló en ningún requisito de la ley de hacer todo lo que su padre le pidió. Por consiguiente la ley, de esta forma, fue completamente compensada y cumplida en su totalidad.

La ley de la Redención estaba estrechamente asociada a la ley del Jubileo. Básicamente, la "redención"  (o recuperación) de la herencia perdida fue siempre posible antes del año del Jubileo. Si el deudor, en alguna forma podía reunir el dinero suficiente o necesario para redimirse  a sí mismo, siempre tenía el derecho legal de hacerlo así. Un pariente cercano, también tenía el derecho legal, para redimir al deudor en cualquier tiempo. Podemos leer al respecto de esto en el Levíticos 25:47-55,

47 Si aumentan los bienes del forastero o del peregrino que mora contigo, y si empobrece tu hermano que está con él, y se vende al forastero que mora contigo, o se vende a los descendientes de la familia de un forastero, 48 él tendrá derecho de redención después de ser vendido; uno de sus hermanos podrá redimirlo; 49 o su tío o el hijo de su tío podrán redimirlo; o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si prospera, él mismo podrá redimirse. 50 Entonces él, con su comprador, calculará desde el año en que se vendió a él hasta el año de jubileo, y el precio de su venta corresponderá al número de años. Los días que estará con él serán como los días de un jornalero. 51 Si aún le quedan muchos años, devolverá parte de su precio de compra en proporción a ellos para su propia redención; 52 y si quedan pocos años hasta el año de jubileo, así los calculará con él. En proporción a los años devolverá la cantidad de su redención. 53 Lo tratará como quien trabaja a jornal año por año; no se enseñoreará de él con severidad delante de sus ojos. 54 Aunque no sea redimido por estos medios, todavía saldrá libre en el año de jubileo, él y sus hijos con él. 55 Pues los hijos de Israel son mis siervos; siervos míos son, a quienes saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor vuestro Dios.

Es muy importante que entendamos la ley de la redención, porque tiene mucho que ver con el plan de Dios para la redención, tanto de Israel como para la redención del mundo. Un simple amigo no tiene derecho de redención; solamente un pariente cercano tiene ese derecho. Esto quiere decir que si un hombre se vende junto con su familia, para que todos ellos trabajen para otro hombre, su amigo podría redimirlo, pero sólo si el amo permitiera esto. El amigo no tiene el derecho de redención. Al contrario el amo o patrón tiene el derecho de retener a los nuevos jornaleros o esclavos en su trabajo.Pero sí un pariente cercano, decide redimir al deudor, el patrón o amo, no tiene ninguna cosa que decidir en el caso, pues el pariente tiene el derecho legal de redención.

Jesús vino al mundo para redimir a Su pueblo, (Lucas 1:68.) Él no se mostró en la forma de un ángel, al contrario, nació como hombre, específicamente (o particularmente) de la estirpe o descendencia de Abraham. Él hizoesto, para tener  derecho legal de redención. Si él hubiera venido como un ángel, la ley Divina tenía que decretar que él no era más que un “AMIGO” de los pecadores, cuyos pecados les acarreó una deuda que ellos mismos no podían pagar, lo cual los colocaba en la condición de simplemente hombres quienes habían perdido su herencia a causa del pecado de Adán.

Jesús fue, en verdad un amigo de los pecadores, pero Él escogió ser algo más que eso. Para poder tener en el derecho de redención y rescatar a Israel, Él que tuvo que ser más que un simple amigo. Él tuvo que nacer de la estirpe de Abraham. Para poder tener el “derecho” de redención para toda la humanidad, Él tuvo que ser más que un amigo angelical. Él tuvo que nacer de carne y sangre.

Él calificó en las dos cosas, como podemos leer en Hebreos 2:11-17,

11 Porque tanto el que santifica como los que son santificados, son todos de un Padre; por lo cual El no se avergüenza de llamarlos hermanos, 12 diciendo: (en Salmos 22:22) Anunciare tu nombre a mis hermanos, en medio de la congregación te cantare himnos. 13 Y otra vez: (en 2 Samuel 22:3) Yo en Él confiare. Y otra vez: (en Isaías 8:18) He aquí, yo y los hijos que Dios me ha dado. 14 Así que, por cuanto los hijos participan de carne y sangre, Él igualmente participó también de lo mismo, para anular mediante la muerte el poder de aquel que tenía el poder de la muerte, es decir, el diablo, 15 y librar a los que por el temor a la muerte, estaban sujetos a esclavitud durante toda la vida. 16 Porque ciertamente no ayuda a los ángeles, sino que ayuda a la descendencia de Abraham. 17 Por tanto, tenía que ser hecho semejante a sus hermanos en todo, a fin de que llegara a ser un misericordioso y fiel sumo sacerdote en las cosas que a Dios atañen, para hacer propiciación por los pecados del pueblo.

Podemos concluir, por consiguiente, que Jesucristo nació de carne y sangre con el fin de tener el derecho legal de la redención de todo el mundo.

Él nació, en forma específica de la descendencia de Abraham, para tener legalmente, el derecho de redención para la casa de Israel. Aquí hay promesas separadas, que están fundamentadas en la misma  ley de redención.

Israel tenía que ser redimida o rescatada de las manos de sus enemigos (Asiría) y habría de retornar, ultimadamente, a Dios. El mundo de la carne y de la sangre, por la misma ley, debía de ser redimido del último y final enemigo, la muerte, por que la muerte no posee el mismo derecho legal de redención y no tiene otra alternativa, sino poner en libertad a los prisioneros o cautivos, ante el pedido y la reclamación de Jesucristo.

Los Redimidos Sirven a un Nuevo Dueño

En la ley de la redención, los siervos y jornaleros que han sido redimidos, no tienen el derecho legal para llegar a convertirse en sus propios dueños y forjadores de sus propios destinos, como expresa lo citado anteriormente en Levíticos 25:53,

53 Lo tratará como quien trabaja a jornal año por año; no se enseñoreará de él con severidad delante de sus ojos.

Un redentor es alguien que paga el precio de la redención por el siervo o jornalero. En realidad, compra o adquiere al  jornalero, del patrón que lo vende, quien es un “extraño” o extranjero y que muy posible, abusaría del siervo haciéndolo víctima de opresión y malos tratos. El pariente más próximo es quien tiene la responsabilidad, que le ha sido encomendada, de redimir a su hermano, con la condición fundamental de que debe tratar al jornalero o sirviente en forma establecida y requerida por la ley, con bondad y consideración. Todo esto significa que el sirviente simplemente ha cambiado de dueño. Redención no significa que el jornalero o sirviente está ya en libertad de hacer su propia voluntad. El apóstol Pablo pone en discusión  este punto de la ley, en Romanos 6, el capítulo en donde él discute con el supuesto derecho de los cristianos que han sido redimidos, a continuar en el pecado, para que la gracia pueda abundar.

Romanos 6: 1-2, 17-22,

1¿Qué diremos, entonces? ¿Continuaremos en pecado para que la gracia abunde? 2 ¡De ningún modo! Nosotros, que hemos muerto al pecado, ¿cómo viviremos aún en él? ... 17 Pero gracias a Dios, que aunque erais esclavos del pecado, os hicisteis obedientes de corazón a aquella forma de doctrina a la que fuisteis entregados; 18 y habiendo sido libertados del pecado, os habéis hecho siervos de la justicia. 19 Hablo en términos humanos, por causa de la debilidad de vuestra carne. Porque de la manera que presentasteis vuestros miembros como esclavos a la impureza y a la iniquidad, para iniquidad, así ahora presentad vuestros miembros como esclavos a la justicia, para santificación. 20 Porque cuando erais esclavos del pecado, erais libres en cuanto a la justicia. 21 ¿Qué fruto teníais entonces en aquellas cosas de las cuales ahora os avergonzáis? Porque el fin de esas cosas es muerte. 22 Pero ahora, habiendo sido libertados del pecado y hechos siervos de Dios, tenéis por vuestro fruto la santificación, y como resultado la vida eterna.

La discusión de Pablo en este caso,  se basa en la ley de la Redención. El sirviente o trabajador redimido, estaba obligado por la ley Divina, a servir al que lo redimió (o sea, trabajar para él.)  Jesús es el Redentor, quien nos compró por el precio de su sangre, y por esta razón, como nos dice Pablo, nosotros hemos sido “libertados del pecado y esclavizados a Dios” (ver 22.)

Esto significa que el pecado no es más nuestro amo, ahora, Dios es nuestro propietario; lo que quiero decir, es, que ahora somos responsables ante su ley y ha de esperarse que seamos obedientes en todo lo que corresponde a Él. Juan nos dice que el pecado es infracción de la ley (1 Juan 3:4); Juan también dice en 1 Juan 2: 3-4 ...

3 Y en esto sabemos que hemos llegado a conocerle: si guardamos sus mandamientos. 4 El que dice: Yo he llegado a conocerle, y no guarda sus mandamientos, es un mentiroso y la verdad no está en él;

Juan no está señalando que la ley es lo fundamental para nuestra salvación. Él dice que nuestra obediencia es la EVIDENCIA externa de que hemos sido salvados. De modo que si afirmamos que hemos sido redimidos pero nos negamos a ser siervos de Cristo, en realidad no le hemos conocido. “Por esto le conocemos…” El cristiano que no obra de acuerdo con la ley, está violando la ley de la redención. Por esta razón Jesús dice en referencia a esta gente, en Mateo 7:23, “Nunca os conocí; apartaos de mí, hacedores de maldad o desobediencia”.

Los cristianos descarriados no habrán de perder su salvación substancialmente. Ellos han de ser salvos todavía aunque por medio del fuego, así como ha sido expresado por el apóstol Pablo en 1 Corintios 3:15. Y desde luego, si alguien considera ser un creyente, pero no es en realidad un Cristiano – Dios juzga el corazón -- por tanto, esa persona tendrá que ser lanzada al lago de fuego, para una mas larga y extensa o amplia forma de purificación.  Estos incrédulos, sin embargo, serán liberados, finalmente en ocasión del Gran Jubileo, al final de los tiempos, de acuerdo con lo que se lee el Levíticos 25:54,

54 Aunque no sea redimido por estos medios, todavía saldrá libre en el año de jubileo, él y sus hijos con él.

¡Que gloriosa promesa!

 El Jubileo es la ley de la gracia. No importa cuánto tiempo y qué “hundido” en deudas y aprietos esté un individuo, el Jubileo lo hará libre de toda deuda – Aún en el caso de que ningún pariente lo redima, ha de llegar un día en que será libre, con la libertad gloriosa de los hijos de Dios.

Este es el motivo por el cual, toda la creación está en espera de ese día.

En Romanos 8:19-25,

19 Porque el anhelo profundo de la creación es aguardar ansiosamente la revelación de los hijos de Dios. 20 Porque la creación fue sometida a vanidad, no de su propia voluntad, sino por causa de aquel que la sometió, en la esperanza 21 de que la creación misma será también liberada de la esclavitud de la corrupción a la libertad de la gloria de los hijos de Dios. 22 Pues sabemos que la creación entera a una gime y sufre dolores de parto hasta ahora. 23 Y no sólo ella, sino que también nosotros mismos, que tenemos las primicias del Espíritu, aun nosotros mismos gemimos en nuestro interior, aguardando ansiosamente la adopción como hijos, la redención de nuestro cuerpo. 24 Porque en esperanza hemos sido salvos, pero la esperanza que se ve no es esperanza, pues, ¿por qué esperar lo que uno ve? 25 Pero si esperamos lo que no vemos, con paciencia lo aguardamos.

La Ley del Jubileo dispone (o manda) la liberación de toda la creación en cierto momento de la historia. Personalmente, yo creo que esto ha de suceder después de 49,000 años de la historia.

El nivel mas bajo del Jubileo vino después de 49 años (Levíticos 25:8.) La trompeta que anunciaba el Jubileo, era tocada en el “Día de la Expiación”, que ocurría diez días dentro del año quincuagésimo. (Levíticos 25:9.)

En la historia profética, puede verse Jubileos de alto nivel, como las setenta semanas de Daniel, lo que, efectivamente consiste en diez años de ciclos de Jubileos, o sea, 490 años. Jesús nos hizo libres en la Cruz, al final de las setenta semanas de Daniel en el año 33 dC (ver nuestro libro Secretos del Tiempo, capítulo 9.)

El ciclo "cuarenta-jubileos" de 1960 años es tan importante como lo es el ciclo "cincuenta jubileos" de 2,450 años. Estos temas son cubiertos en forma extensa, en "Secretos del Tiempo", pero están fuera del alcance de este libro. Ciertamente el último Jubileo de la creación, yo creo, comprende 49,000 años. Yo no puedo probar eso, desde luego, pero tampoco es de importancia hacerlo. Es suficiente saber que la ley de Dios, pide (o exige) limitaciones con relación a la duración del tiempo en que un "deudor" puede ser esclavizado, o cuánto tiempo un pecador puede estar sometido a la esclavitud de sus pecados.

Toda la creación espera la anticipación de este Jubileo. Esta es la finalidad de la historia y el propósito último de Dios. La ley de Jubileo, en cualquiera de sus niveles, obtiene su fuerza o poder por medio de la sangre de Jesucristo, en la Cruz, como podemos leer en 1 Juan 2:1-2,

1 Hijitos míos, os escribo estas cosas para que no pequéis. Y si alguno peca, Abogado tenemos para con el Padre, a Jesucristo el justo 2 El mismo es la propiciación por nuestros pecados, y no sólo por los nuestros, sino también por los del mundo entero.

Toda la Tierra Pertenece a Dios

La ley del Jubileo está sujeta y depende de una ley más profunda, la cual mencionamos anteriormente. Se encuentra en Levítico 25: 23, en donde dice Dios, “la tierra mía es”. Por esta razón, no se podía vender perpetuamente, pero tenia que regresar a los dueños originales en el año del Jubileo. Adán fue formado del polvo de la tierra (Génesis 2:7.) El hombre fue un elemento de la creación de Dios y herencia de la tierra. La intención de Dios fue de edificar una casa para Sí mismo en la tierra, y esa casa es el hombre mismo.

Porque el hombre es un ser creado, él no es dueño de sí mismo. A Dios le pertenece todo lo que Él ha creado. Toda la tierra le pertenece a Dios. Es verdad que al hombre se le a otorgado cierto nivel de autoridad, pero el hombre no posee en realidad la soberanía sobre su tierra, eso es, por él mismo. Es por esta razón, que se le permitió vender el derecho de sus tierras únicamente temporalmente. El hombre se puede vender al pecado por un tiempo, aun por toda su vida. Pero no se le ha otorgado el derecho de vender su tierra perpetuamente. Su tierra siempre tiene que retornar a Dios en el tiempo del Jubileo.

En otras palabras, aun el pecador más grande que ha existido, será liberado en el año del Jubileo. Ningún hombre podrá contraer una deuda tan inmensa que no pueda ser rescatado en el año del Jubileo. El hombre no posee ni la autoridad ni la habilidad de incurrir en una deuda que sea superior a lo que el año del Jubileo puede remediar. Esta es la ley de Dios, no la ley del hombre.

Cuando el hombre pecó, la “tierra” fue vendida por su causa. Significa, que Adán y sus hijos y todas sus posesiones fueron vendidos al pecado. En esencia, Dios había perdido Su herencia en la tierra. Fue por esta razón que Jesucristo vino al mundo para redimir Su herencia que se había perdido. Él llegó como el Pariente más cercano o próximo para poder asegurar el DERECHO de redención. Con su propia sangre pagó el precio total del pecado de todo el mundo, desde Adán hasta el final de los tiempos. La única pregunta restante es, si ama Jesús lo suficientemente al mundo para últimamente tomar ventaja de todos sus derechos legales.

La respuesta se encuentra en Juan 3:16, “Porque de tal manera amó Dios al mundo...”. La pregunta en realidad es esta: ¿Si Jesús tuviera el poder para salvar a todos los hombres, lo haría? Por supuesto que lo haría, porque Él ama todo lo que creó. Afortunadamente, Jesús tiene el poder y la sabiduría para salvar a todos los hombres. Su sangre -- el precio o paga por el pecado del mundo- es más valiosa que toda la “deuda-pecado” que pudiera sumar toda la humanidad. Más que eso, la ley está de Su lado, porque Él posee el derecho de redención, lo que significa que Él puede redimir todo si así lo desea.

Supongamos, que usted amado lector, tuviese una familia de seres queridos y fuesen vendidos como esclavos. Si usted tuviera el derecho legal de redención y pagara el precio total por su redención, ¿Estaría usted satisfecho si el capataz de los esclavos recibiera su dinero, pero después solo le entregara uno o dos de ellos? Por supuesto que no. Si los ama verdaderamente, demandaría todo por el precio que pagó. Pero, aún si sus amados rechazaran ser redimidos, esto solamente atrasaría el proceso hasta el año del Jubileo. Acuérdese de lo expresado en Levíticos 25: 54.

Aunque los gobernantes de hombres y de naciones han rechazado constantemente declarar el Jubileo sobre el pueblo, Dios no es un hombre para que mintiera. Él siempre observara Su propia ley, sin tomar en cuenta el rechazo de los hombres para ser obedientes.

El Juicio de Dios en la Edad Final

Como la ley de Dios demanda la restauración de todas las cosas (Hechos 3: 21.) Los juicios divinos de Dios no son eternos, de la manera que los hombres definen eterno. Ellos son, aionian, como lo expresa el texto Griego. Ellos se refieren solamente a un (eion), edad o periodo de tiempo. El “lago de fuego” mencionado en Apocalipsis 20:11-15 es el mismo que el “río de fuego” mencionado en el libro de Daniel 7:9-11. Dice Daniel que el fuego desciende del trono de Dios. Un trono es un símbolo antiguo de la ley. Cuando un rey se sienta en el trono, él está administrando oficialmente la ley y sus juicios. Dios es el Rey de la Creación, y Él juzga todas las cosas de acuerdo a Su ley. Por consiguiente, el fuego es la ley divina, como nos cuenta Moisés en Deuteronomio 33:2,

2 Dijo: JEHOVA vino de Sinaí y les esclareció desde Seir; resplandeció desde el monte de Parán, y vino de en medio de entre diez millares de santos; con la ley de fuego a su mano derecha.

En ningún tiempo, el “fuego” de la ley divina condena a los hombres por haber cometido algún crimen, sentenciándolos para ser quemados en un fuego literal. Todo pecado es considerado como una deuda que se le debe a las víctimas de la injusticia. Si el pecador no puede pagar la restitución, él tendrá que ser un siervo hasta que la deuda incurrida sea solventada. Los creyentes reinaran sobre ellos. Significa, que se les dará autoridad a los creyentes sobre los pecadores (deudores), y serán ellos responsables para enseñarles justicia y el carácter de Dios. Es por esta razón, que el profeta nos dice en Isaías 26:9,

9 En la noche te desea mi alma, en verdad mi espíritu dentro de mí te busca con diligencia; porque luego que hay juicios tuyos en la tierra, aprenden justicia los habitantes del mundo.

Este es el “fuego” de la ley divina. No es una tortura y castigo; es justicia. Los dictámenes de Dios son de una naturaleza renovadora. Con Dios, no existe un castigo eterno sin la misericordia. El fallo de la ley siempre finaliza en misericordia, porque esa es la ley del Jubileo.

En cuanto a la naturaleza exacta de los juicios de Dios sobre los pecadores en determinada edad, conocemos por la ley del Jubileo que los juicios de Dios son concernientes a una edad, no eternos, como algunos han traducido la pa labra Griega, aionian. Traducciones correctas de este vocablo se pueden encontrar en la traducción de la Biblia de Young's Literal Translation y Rotherham's The Emphasized Bible. Ellos entendieron aionian de la misma forma que lo hicieron los padres de la Iglesia Primitiva, pues sus escritos demostraron en muchas ocasiones que los juicios venideros eran temporales y restringidos a una edad.

La ley del Jubileo demanda un fin, en algún tiempo futuro, a toda la responsabilidad legal por el pecado (deuda.) La ley del Jubileo demanda que sean canceladas todas las deudas al final de esa era. Entonces toda la creación será liberada a la gloriosa libertad de los hijos de Dios.

La Restauración de Todas las Cosas

Cuando todas las cosas sean restauradas por Dios, serán entonces cumplidas las palabras de Jesús en Juan 12:32-33,

32 Y yo, si soy levantado de la tierra, atraeré a todos a mí mismo. 33 Pero Él decía esto para indicar de qué clase de muerte iba a morir.

De igual manera, las palabras del apóstol Pablo serán cumplidas como se expresa en 1 Corintios 15:22-28,

22 Porque así como en Adán todos mueren, también en Cristo todos serán vivificados. 23 Pero cada uno en su debido orden: Cristo, las primicias; luego los que son de Cristo en su venida; 24 entonces vendrá el fin, cuando entregue el reino al Dios y Padre, después que haya abolido todo dominio y toda autoridad y poder. 25 Pues El debe reinar hasta que haya puesto a todos sus enemigos debajo de sus pies. 26 Y el último enemigo que será abolido es la muerte. 27 Porque El ha puesto todo en sujecion bajo sus pies. Pero cuando dice que todas las cosas le están sujetas, es evidente que se exceptúa a aquel que ha sometido a El todas las cosas. 28 Y cuando todo haya sido sometido a Él, entonces también el Hijo mismo se sujetará a aquel que sujetó a El todas las cosas, para que Dios sea todo en todos.

Así como en Adán mueren todos los hombres, de igual manera en Cristo, el Segundo Adán, todos los hombres serán vivificados – pero no todos a la misma vez. Algunos se levantaran para vida en la primera resurrección, otros en la resurrección general, pero todos los demás restantes al momento del gran Jubileo de la creación. Pablo menciona acerca de este día en Colosenses 1:16-20,

16 Porque en Él fueron creadas todas las cosas, tanto en los cielos como en la tierra, visibles e invisibles; ya sean tronos o dominios o poderes o autoridades; Todo ha sido creado por medio de Él y para Él. 17 Y Él es antes de todas las cosas, y en El todas las cosas permanecen. 18 Él es también la cabeza del cuerpo que es la iglesia; y Él es el principio, el primogénito de entre los muertos, a fin de que Él tenga en todo la primacía. 19 Porque agradó al Padre que en Él habitara toda la plenitud, 20 y por medio de El reconciliar todas las cosas consigo, habiendo hecho la paz por medio de la sangre de su cruz, por medio de Él, repito, ya sean las que están en la tierra o las que están en los cielos.

Por medio del Logos, la Palabra, Jesucristo, fueron creadas todas las cosas (Juan 1:3), y por medio de Él, todas las cosas serán reconciliadas con Él. Al final no habrá nada que esté fuera de Su dominio, así como leemos en Hebreos 2:8-9,

8 todo lo has sujetado bajo sus pies. Porque al sujetarlo todo a él, no dejó nada que no le sea sujeto. Pero ahora no vemos aún todas las cosas sujetas a él. 9 Pero vemos a aquel que fue hecho un poco inferior a los ángeles, es decir, a Jesús, coronado de gloria y honor a causa del padecimiento de la muerte, para que por la gracia de Dios probara la muerte por todos.

De esta forma Él “es el Salvador de todos los hombres, mayormente de los que creen”, como el apóstol le dice a Timoteo en 1 Timoteo 4:10. Esos quienes serán salvos antes del Jubileo de la creación son verdaderamente bienaventurados y benditos y reinaran en Su Reino. Aun así, al final Él es también el Salvador de TODOS los hombres, no solamente los que creen. Por esta razón, toda la creación espera ansiosamente la manifestación de los hijos de Dios (Romanos 8:19-21), sabiendo que esos hijos son los primeros frutos de la creación (Santiago 1:18.) Pablo dice que los primeros frutos santifican toda la cosecha. Después que los primeros frutos eran entregados a Dios, señalaba el comienzo de la siega en general de todo el campo. El campo es el mundo (Mateo 13:39.)

Juan igualmente contempla al final el regocijo de toda la creación. Apocalipsis 5:13 dice,

13 Y a toda cosa creada que está en el cielo, sobre la tierra, debajo de la tierra y en el mar, y a todas las cosas que en ellos hay, oí decir: Al que está sentado en el trono, y al Cordero, sea la alabanza, la honra, la gloria y el dominio por los siglos de los siglos.

Esto jamás pudiera suceder aparte de la ley del Jubileo, porque la mayoría de la creación continúa en enemistad contra Dios. Son ellos los que en verdad están en necesidad del Jubileo, porque, diferente a los verdaderos creyentes, ellos no aprovechan la ley de la redención. El tiempo de la redención termina con el Jubileo. Por eso, exhortamos a todos aquellos que tienen oídos para oír la Palabra de Dios que crean en Jesucristo y aprendan cuan gran salvación Él les ha otorgado a los hombres. Nuestro mensaje es el del apóstol Pablo, el cual escribió en 2 Corintios 5:17-21,

17 De modo que si alguno está en Cristo, nueva criatura es; las cosas viejas pasaron; he aquí, son hechas nuevas. 18Y todo esto procede de Dios, quien nos reconcilió consigo mismo por medio de Cristo, y nos dio el ministerio de la reconciliación;19 a saber, que Dios estaba en Cristo reconciliando al mundo consigo mismo, no tomando en cuenta a los hombres sus transgresiones, y nos ha encomendado a nosotros la palabra de la reconciliación. 20 Por tanto, somos embajadores de Cristo, como si Dios rogara por medio de nosotros; en nombre de Cristo os rogamos: ¡Reconciliaos con Dios! 21 Al que no conoció pecado, le hizo pecado por nosotros, para que fuéramos hechos justicia de Dios en Él.

Se nos ha dado el ministerio de la reconciliación con el mensaje del evangelio de las buenas nuevas para ser presentado al mundo. No son las malas noticias del tormento eterno o condenación, sino las b uenas nuevas de que Dios ha reconciliado al mundo por medio de Cristo, quien pagó el precio de su liberación y salvación. Este es el verdadero evangelio de Jesucristo, quien fue levantado en la cruz, y por lo tanto atraerá a TODOS LOS HOMBRES a SÍ mismo. Este no es un pensamiento de esperanza, es profecía. Es una declaración con todo el intento, sentido y propósito. Es una promesa para nosotros y para todo el mundo. Regocijémonos en las buenas nuevas de la gracia de Dios.